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Monterey Abogado de bancarrota y Salinas

Ponga un alto al hostigamiento de acreedores y comience de nuevoEn el Despacho del Abogado Stephen H. Kim.

Si está siendo hostigado por agencias de cobranzas; si siente que se ahoga en un océano de deudas, o si está a punto de perder su casa en Salinas o Monterey, entonces es hora de llamar a Stephen H. Kim ‘El abogado de bancarrota’ en Salinas California en el condado de Monterey.

Retome el control de su vida

Usando procedimientos expuestos en el código de bancarrota, el señor Kim puede ayudarle a poner un alto a embargos de sueldo, juicios hipotecarios, o las incesantes llamadas de acreedores groseros. También le puede explicar cómo se puede deshacer de los interminables cobros del doctor o de sus tarjetas de crédito, cómo modificar su préstamo automotor, o ayudarle a ponerse al día con sus impuestos atrasados. La vida es desafiante, no hay por qué añadirle también la carga de deudas excesivas y términos financieros inaceptables. Es hora de que obtenga la información que necesita para poner su vida financiera en orden.

En el despacho del abogado Stephen H. Kim, le brindaremos representación y asesoramiento confiables.

Si usted se da en bancarrota con nuestro despacho, trabajará directamente con el señor Kim. Puede estar seguro de que se le tratará con respeto y dignidad. El señor Kim lo escuchará atentamente y le hará las preguntas correctas para así poderle ayudar a entender todas sus opciones y planear el curso financiero correcto para usted y su familia o su negocio.

Otras ciudades

Estamos localizados en Salinas pero también ofrecemos nuestros servicios a estas otras ciudades:

Monterey, Pacific Grove, Carmel, Carmel Valley, Marina, Seaside, Castroville, Prunedale, Watsonville, Santa Cruz, Gilroy, Morgan Hill, Hollister, King City, Greenfield, Soledad, Gonzales y Chualar.
Orgulloso Miembro de NACBA (Asociación Nacional de Abogados de Bancarrota)

¿Qué es la bancarrota?

La bancarrota es un proceso de la corte federal, diseñada para ayudar al consumidor y a empresas pequeñas a eliminar deudas o a pagarlas totalmente o en partes; estando usted amparado por la corte de bancarrota.

¿Qué tipo de procedimientos de bancarrota existen para el consumidor y para empresas pequeñas?

Existen dos tipos de bancarrota disponibles al consumidor y a empresas pequeñas. Generalmente son descritas como “liquidación” (capítulo 7) o “reorganización” (capítulo 13).

Capítulo 7: Bajo el capítulo 7 de bancarrota, se pide a la corte que borre o liquide sus deudas. Se le llama liquidación porque si usted tiene un exceso en bienes, o sea que el valor de sus bienes sobrepasa la cantidad que la corte permite exonerar, esos bienes serán vendidos para pagar una parte de sus deudas. Pero no se preocupe. En la mayoría de los casos los deudores no tienen bienes que sobrepasan en valor a la cantidad que la corte permite exonerar. A estos casos se les llama casos “sin-activo” y entonces no se procede con la liquidación de bienes.

Abogado Stephen H. Kim 831-221-5022

Capítulo 13: Bajo el capítulo 13, se presenta un plan de amortización ante la corte de bancarrota en el cual se hace una propuesta de cómo usted piensa pagar sus deudas. En este plan se reorganiza su deuda; unas deudas tienen que pagarse en total y otras se pagan parcialmente, mientras que otras simplemente no se pagan; todo dependiendo de sus ingresos y lo que usted pueda pagar. También existen otras herramientas que están disponibles para las personas que presentan un capítulo 13 de bancarrota, por eso es importante que consulte a un abogado experimentado, para que pueda evaluar correctamente que tipo de bancarrota es la mejor para su situación.

Otra información

La paralización automática: Cuando usted presenta cualquiera de los dos capítulos de bancarrota, la corte pone en efecto una orden llamada “paralización automática”. La paralización automática le prohíbe a la mayoría de acreedores que sigan cobrando deudas pendientes; a menos de que la corte levante la paralización automática y permita que el acreedor siga cobrando. Todas las demandas, juicios hipotecarios, llamadas, etcétera, tendrán que cesar si es que están relacionadas con deudas que usted incurrió antes de presentar su petición de bancarrota.

¿Qué clase de deudas no se pueden eliminar en la bancarrota?

Ciertas deudas no se pueden eliminar en la bancarrota; usted seguirá debiéndolas tal como si nunca se hubiera dado en bancarrota. Estas deudas incluyen manutención de menores, pensión alimenticia y ciertas deudas de impuestos. Los préstamos estudiantiles tampoco se podrán eliminar a menos de que usted pueda demostrar que el pagar esa deuda sería una carga demasiado excesiva, lo cual es muy difícil de probar. Hay algunas otras deudas que no se podrán eliminar si el acreedor convence a la corte de que la deuda debe sobrevivir la bancarrota. Una vez más, un abogado experimentado le hará las preguntas indicadas para saber si sus deudas sobrevivirán o no el proceso de bancarrota.

‘El Chino’ Stephen H. Kim 831-221-5022